Cometer errores en una declaración de renta es más común de lo que parece. La buena noticia es que la legislación tributaria colombiana permite corregir las declaraciones presentadas, siempre que no hayan adquirido firmeza. Una vez una declaración queda en firme, ni el contribuyente ni la DIAN pueden modificarla.
La corrección puede realizarse de manera voluntaria por el contribuyente o como consecuencia de una actuación de la Administración Tributaria. Sin embargo, es importante tener presente que, en muchos casos, la corrección implica el pago de una sanción, aunque existen algunas excepciones previstas en la ley.
¿Cuándo queda en firme la declaración de renta?
Como regla general, la declaración de renta queda en firme después de tres años. Durante ese período, la DIAN puede ejercer sus facultades de fiscalización y el contribuyente puede realizar determinadas correcciones. No obstante, el plazo para corregir voluntariamente depende de los efectos que tenga la modificación sobre el impuesto a cargo o el saldo a favor.

Plazos para corregir según el efecto de la corrección
Cuando la corrección tiene como resultado un mayor impuesto a pagar o un menor saldo a favor, el artículo 588 del Estatuto Tributario permite corregir dentro de los tres años siguientes al vencimiento del plazo para declarar, siempre que la DIAN no haya notificado un requerimiento especial o un pliego de cargos. Esta misma disposición aplica cuando la corrección no modifica ni el valor a pagar ni el saldo a favor, caso en el cual no es necesario liquidar sanción por corrección. Sobre este punto, la DIAN señaló en el Oficio 908326 de 2021 que no todas las correcciones generan sanción, particularmente aquellas contempladas en el artículo 589 del Estatuto Tributario y en el artículo 43 de la Ley 962 de 2005.
Por el contrario, cuando la corrección disminuye el impuesto a pagar o aumenta el saldo a favor, el término es más corto. En estos casos, el artículo 589 del Estatuto Tributario establece que la solicitud debe presentarse dentro del año siguiente al vencimiento del plazo para declarar.
Sanciones aplicables por corregir la declaración
Respecto de las sanciones, cuando la corrección modifica el impuesto a cargo o el saldo a favor, esta corresponde generalmente al 10% del mayor valor a pagar o del menor saldo a favor, siempre que se presente antes de la notificación de un emplazamiento para corregir o de un auto de inspección tributaria. Si la corrección se realiza después de dichas actuaciones, la sanción aumenta al 20%.
También existe una sanción especial para corregir ciertas inconsistencias que pueden llevar a que la declaración se considere como no presentada. Entre ellas se encuentran la presentación en un lugar no autorizado, la omisión o error en la identificación del declarante y la falta de las firmas obligatorias del declarante, contador público o revisor fiscal cuando la ley así lo exige. En estos eventos, la sanción corresponde al 2% de la sanción de extemporaneidad, sin que exceda de $68.086.000.

¿Qué pasa si la DIAN inicia un proceso de fiscalización?
Ahora bien, cuando la DIAN detecta posibles inconsistencias en la declaración, el escenario cambia. En estos casos puede iniciar un proceso de fiscalización mediante un emplazamiento para corregir. Si el contribuyente no atiende dicha invitación, la entidad puede expedir un requerimiento especial, lo que no solo incrementa las consecuencias económicas, sino que también limita la posibilidad de corregir libremente la declaración, pues las modificaciones deberán ajustarse a las observaciones formuladas por la autoridad tributaria.
Si la DIAN determina oficialmente que existe inexactitud, puede imponer la correspondiente sanción, equivalente al 100% de la diferencia entre el impuesto o saldo determinado por la Administración y el inicialmente declarado por el contribuyente.
En conclusión, la corrección de la declaración de renta es un mecanismo legal diseñado para subsanar errores y ajustar la información reportada a la realidad económica del contribuyente. Sin embargo, el momento en que se realiza la corrección puede marcar una diferencia importante en el costo de la equivocación. Por ello, revisar oportunamente las declaraciones y corregir cualquier inconsistencia antes de que la DIAN inicie un proceso de fiscalización suele ser la mejor estrategia para reducir sanciones, evitar contingencias tributarias y proteger el patrimonio del contribuyente.
¿Tiene dudas sobre cómo corregir su declaración de renta? Un error en el plazo o el procedimiento puede salirle costoso.





